COLOMBIA LE DICE NO A LA ILEGALIDAD LABORAL
A pesar de la expresa prohibición legal de no ejercer la intermediación laboral por parte de las Cooperativas de Trabajo Asociado y de no suministrar trabajadores en actividades permanentes y propias de las empresas por parte de las Empresas de Servicios Temporales, la mayoría de las actividades portuarias se realizan mediante estas formas ilegales de contratación. De nada han valido hasta ahora las sanciones y llamados de las autoridades competentes; las Sociedades Regionales Portuarias y los Operadores Portuarios se resisten al cumplimiento de la Ley.
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Estas formas precarias e ilegales de contratación laboral tienen el claro propósito de desconocer los derechos salariales, prestacionales y de seguridad social que tienen los trabajadores, así mismo genera un impacto financiero al Sistema General de Seguridad Social en salud, pensiones y riesgos profesionales, tanto por la escasa afiliación como por la afiliación eventual o fraudulenta. Esta resistencia de los empresarios a contratar trabajadores directamente propicia premeditadamente un clima de inestabilidad que mantiene a los trabajadores en un estado psicológico de temor e inseguridad para ejercer mínimamente sus derechos individuales y colectivos. LEER MÁS...
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